Fin del uso obligatorio de la mascarilla en interiores y exteriores. Excepciones

 Modificación de los supuestos de obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19

 A partir del 20 de abril de 2022 cae la obligatoriedad del uso de la mascarilla tanto en espacios abiertos como en interiores, aunque con algunas excepciones y recomendaciones. Así, será obligatorio el uso de la mascarilla en establecimientos sanitarios y residencias de ancianos, y en los medios de transporte. Se recomienda su uso en espacios cerrados donde se pase largo tiempo, eventos multitudinarios, en celebraciones privadas cuando haya alguna persona vulnerable o cuando ésta no pueda matener una distancia de 1,5 metros respecto a otras.

 

Cuando es obligatorio el uso de la mascarilla

1. Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:


a) En los centros, servicios y establecimientos sanitarios (hospitales, ambulatorios, farmacias, clínicas dentistas, fisoterapia,...) por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.

b) En los centros sociosanitarios, sobre todo en las residencias de ancianos, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.

c) En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. 

En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes. 

No obstante, se ha considerado que esta obligación de utilización de la mascarilla no debe mantenerse para los andenes y estaciones de viajeros.

2. La mascarilla no será exigible  respecto a los anteriores supuestos:


a) A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

b) En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades

¿Qué pasa en mi trabajo?¿Es necesaria la mascarilla en la oficina?


En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación

¿Cuándo se recomienda el uso de mascarilla?

Se recomienda el uso de la mascarilla:

- Se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado.

- Asimismo, se recomienda el uso responsable de la mascarilla en los eventos multitudinarios.

- En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se recomienda un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.

- Se recomienda para todas las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por COVID-19 que se mantenga el uso de mascarilla en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.

 

Esperamos haberte ayudado 

 





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