CAMPAÑA RENTA 2013: COMO OBTENER EL BORRADOR DE LA RENTA Y QUE HAY QUE TENER EN CUENTA EN SU REVISIÓN

Ya se ha dado el pistoletazo  de salida a la Campaña de la Declaración de la Renta de 2013 con la obtención del Borrador de la Renta. Si el año pasado rellenaste la casilla 110 de tu declaración de la Renta, recibirás el borrador por correo a partir del mes de mayo. Si no, puedes obtenerlo directamente en la página web de la Agencia Tributaria desde el 1 de abril. Pero ¿quién puede obtener el borrador de la renta y qué hay que tener en cuenta para a la hora de su revisión?




Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio ya puedes obtener el Borrador de la Declaración de la Renta 2013 directamente a través Internet. Solo tienes que entrar a la página web de la Agencia Tributaria y acceder a RENTA 2013 para obtener el borrador RENO.

Si solicitaste el borrador por correo ordinario (marcando la casilla 110 del borrador o de la declaración de Renta 2012), la Agencia Tributaria lo remitirá, a partir del mes de mayo, al domicilio fiscal, salvo que antes se haya visualizado por Internet.

¿Qué datos necesito para obtener el Borrador de la Renta 2013 por internet?

 

Puedes obtener el Borrador de la Renta 2013 con el certificado electrónico o DNIe,  con el número de referencia del borrador o de los datos fiscales, o con el PIN24H, desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2014.

Para obtener el número de referencia se debe proporcionar la siguiente información:
-    NIF/NIE
-    Casilla 620 de la Renta 2012
-    Número de teléfono móvil

La Agencia Tributaria te enviará al teléfono indicado, un SMS con el número de referencia que permitirá consultar, modificar y confirmar el borrador, descargar los datos fiscales al programa PADRE y presentar la declaración por Internet.

¿Quién puede obtener el Borrador de Declaración de Renta 2013?

 

Los contribuyentes obligados o no obligados a presentar declaración de Renta podrán obtener de la Agencia Tributaria a efectos meramente informativos, un borrador de declaración de Renta 2013 cuando las rentas procedan exclusivamente de las siguientes fuentes:
  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como derivados de letras del tesoro.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles. A estos efectos no se tiene en cuenta la vivienda habitual, ni los garajes o trasteros, con un máximo de 4 inmuebles.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y otras subvenciones no vinculadas con actividades económicas.
  • Transmisión de valores públicos que al amortizarlos hayan tenido ganancia de rendimiento cero.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de Instituciones de Inversión Colectiva.
  • Renta básica de emancipación.
  • Rendimientos de capital mobiliario o inmobiliario de entidades en régimen de atribución de rentas.

 Los contribuyentes que no pueden obtener el borrador, podrán, no obstante, recibir o consultar sus datos fiscales.

Entonces ¿todos los contribuyentes tienen derecho al borrador?

 

No.  Todos los contribuyentes tienen derecho a recibir ayuda e información, pero no todos tienen derecho al borrador, porque hay varios supuestos que legalmente obligan a presentar declaración, en el modelo ordinario. 

Por ejemplo, los profesionales, empresarios, agricultores, ganaderos o arrendadores de bienes, tienen que reflejar los gastos de su actividad, datos que no se pueden conocer con antelación por la Agencia Tributaria.

Los contribuyentes que no pueden recibir el borrador, sí recibirán los datos fiscales que en poder de la Agencia Tributaria, sean relevantes para facilitarles la confección de sus declaraciones.

¿Qué debo revisar en el Borrador de la Declaración de la Renta 2013?

 

Además de los datos personales (fechas de nacimiento, NIF, domicilio), se deben revisar los datos económicos tenidos en cuenta. Muchas veces el borrador no está actualizado o tiene algunos errores y hay que comprobarlo. Se recomienda revisar los siguientes apartados:

  • La información de los inmuebles y sus referencias catastrales. Para más información puede consultaros en www.catastro.meh.es
  • Cuotas sindicales: si tienes aportaciones debe incluirlas en la casilla (11).
  • Datos personales y familiares: si has tenido algún hijo en el ejercicio o han cambiado tus circunstancias personales y familiares, debe consignarlo en este apartado. Asimismo, si tienes derecho a la deducción por maternidad, verificar que ésta aparece incluida en la casilla (756).
  • Planes de pensiones, si tienes aportaciones, comprobar que figuran incluidas en la casilla (500).
  • Deducción por inversión en vivienda habitual. Verificar que la información de los préstamos hipotecarios que aparece en sus datos fiscales es correcta y que está consignada correctamente en el borrador.
  • Deducción por alquiler de la vivienda habitual casillas (716) y (772).
  • Deducción por obras de mejora en viviendas de su propiedad casilla (773) y/o (733).
  • Deducciones autonómicas, si tiene derecho a alguna y no figurara en el borrador, puede consignarla en las casillas correspondientes a su Comunidad Autónoma.

El 25 de junio será la fecha límite para la presentación de Declaraciones de Renta por domiciliación bancaria y el 30 del mismo mes finalizará la Campaña de Renta 2013.

Esperamos haberos ayudado
Un saludo
Bufete de Abogados y Asesoría Tributaria

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