RENTA 2016. RENTA WEB, ÚNICO SERVICIO DE CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA EN ESTE AÑO 2017



Calendario Renta 2016: dará comienzo el 5 de abril de 2017 y se tendrá un plazo de presentación hasta el 30 de junio para las declaraciones a devolver y a ingresar sin domiciliación bancaria, y hasta el 26 de junio para las declaraciones de Renta 2016 a ingresar con domiciliación bancaria.

 

El 5 de abril comienza la campaña de Renta 2016 cuya novedad más significativa es la generalización de Renta WEB como único servicio de confección y presentación de la declaración de la Renta, para todo tipo de rentas, incluidas las de actividades económicas.

Esto supone que Renta 2016 será la primera campaña sin el programa PADRE, desde su creación.
Renta WEB puede utilizarse con cualquier tipo de dispositivo y desde cualquier lugar con conexión a Internet, lo que permite iniciar la declaración en un dispositivo y finalizarla en otro diferente, ya que la información se almacena en el servidor de la Agencia Tributaria.

Con motivo de la generalización del "Servicio tramitación borrador / declaración (Renta WEB)", se ha adelantado la publicación en Internet del Portal de campaña de Renta 2016 con todos los contenidos informativos disponibles, así como el servicio de obtención del número de referencia.

¿Qué es Renta Web?

 

Es el servicio de ayuda para tramitar y presentar la declaración de Renta. El contribuyente accede directamente al servidor de la AEAT y añade cualquier dato o renta, de forma que puede tramitar fácilmente su borrador/declaración para todo tipo de rentas.

No es necesario descargar un programa previamente y permite iniciar la declaración en un dispositivo y finalizar en otro.

Todos los contribuyentes pueden utilizar Renta WEB en Renta 2016, incluso los que obtengan rentas procedentes de actividades económicas.


¿Para qué sirve Renta WEB?

 

Permite confeccionar la declaración a todos los contribuyentes. Además admite la descarga de rentas procedentes de cualquier naturaleza e incorporar las que no se encuentren en poder de la Administración.

Permite además, a través del resumen de declaración, comparar en las unidades familiares cual es la opción más ventajosa de declaración.

En Renta 2016 las declaraciones se confeccionan únicamente con el servicio Renta WEB disponible en Internet. Tras acceder al servicio se comprueba que es como el anterior programa PADRE. Vendrán incorporados muchos de los datos de los de que dispone la AEAT, pudiéndose modificar o incluir otros.

 

¿Puedo obtener mi borrador y/o datos fiscales? 

 

Dependiendo de cuál sea la fuente de obtención de tus rentas  puedes obtener un borrador de declaración o datos fiscales, bien mediante su envío a tu domicilio o a través de Renta WEB.

Si obtienes un borrador de declaración tendrás que revisarlo.

Si obtienes datos fiscales y estás obligado a presentar declaración deberás confeccionar la declaración. La generación de un nuevo borrador, la modificación del previamente obtenido, si es necesario,  así como la confección de la declaración podrá realizarse mediante la aplicación de Renta WEB.

Además el último borrador generado por cualquier vía (Correo o Renta WEB ) y no confirmado, se pone a disposición del contribuyente en el momento de volver a hacer uso del servicio Renta WEB, dando la opción de recuperar el anteriormente generado o comenzar una nueva tramitación.

Una vez obtenido el borrador de declaración, se deben revisar los datos personales (fechas de nacimiento, NIF, domicilio), los datos económicos y todos los avisos y errores de que dispone el borrador marcando la pestaña “validar”.

¿Qué se debe revisar en el borrador?

 

Se deben revisar los datos personales (fechas de nacimiento, NIF, domicilio) y los datos económicos.
También se deben revisar todos los avisos de que dispone el borrador para lo que hay que acceder a la pestaña de avisos y errores.
Además:

  • Cuotas sindicales: si tiene aportaciones debe incluirlas en la casilla (12).
  • Datos personales y familiares: si ha tenido algún hijo en el ejercicio o han cambiado sus circunstancias personales y familiares, debe consignarlo en este apartado. Asimismo, si tiene derecho a la deducción por maternidad, debe verificar que aparezca incluida en la casilla (551), igual que si tiene derecho o a alguna de las deducciones familiares por descendiente / ascendiente discapacitado, familia numerosa o monoparental con 2 hijos y sin derecho a percibir anualidades, casillas (565), (575), (589) y (591), respectivamente.
  • Planes de pensiones: si tiene aportaciones, debe comprobar que figuran incluidas en la casilla (416).
  • Deducción por inversión en vivienda habitual: si tiene derecho a la aplicación del régimen transitorio, verifique que la información de los préstamos hipotecarios que aparece en sus datos fiscales es correcta y que está consignada correctamente en las casillas (501) y (502).
  • Deducción por alquiler de la vivienda habitual: si su contrato de alquiler es anterior al 1/1/2015 y cumple las condiciones para aplicarse la deducción, consígnela en las casillas (516) y (517).
  • Deducción por obras de mejora en viviendas de su propiedad: si tiene derecho, consígnela en la casilla (518).
  • Deducciones autonómicas: si tiene derecho a alguna y no figurara en el borrador, puede consignarla en las casillas correspondientes a su Comunidad Autónoma.


La presentación de la Renta 2016 es del 5 de abril, fecha en que se pondrá en funcionamiento Renta WEB,  hasta el 30 de junio de 2017 para las declaraciones a devolver y a ingresar sin domiciliación bancaria, y hasta el 26 de junio para las declaraciones de Renta 2016 a ingresar con domiciliación bancaria.

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