¿Qué cambios hay en las medidas de "apertura progresiva" en Valencia referente al COVID?

A partir del 7 de septiembre de 2021 hasta el 27, se relajan las medidas frente al COVID en la Comunidad Valenciana. Las llamadas medidas de "apertura progresiva" se acercan un poco más a la antigua normalidad como la libre circulación de personas en todo territorio, así como retirada del toque de queda. No se limita el número de personas en reuniones familiares. Pasan de 8 a 10 personas por mesa en bares y restaurantes, se abre el ocio nocturno, y se amplía el aforo en campos y pabellones de fútbol o baloncesto profesional.



Compartimos  los principales cambios en las limitaciones y medidas de prevención para este mes de septiembre en la Comunidad Valenciana:

CIRCULACIÓN DE PERSONAS

No habrá horario de limitación de circulación de las personas.

ENCUENTROS SOCIALES O FAMILIARES

No se limita el número de personas en espacios de uso público ni en las reuniones familiares y sociales, en domicilios y espacios privados.

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

El aforo permitido en el interior de los locales es del 50 %, siempre respetando un cumplimiento estricto de las medidas de ventilación y climatización en espacios interiores. En las terrazas al aire libre el aforo es del 100 %.

El horario de cierre de estos establecimientos será como máximo a las 00.30 horas, sin que puedan aceptar pedidos a partir de las 00.00 horas.

La ocupación de mesas será de un máximo de 10 personas por mesa o agrupaciones de mesas, excepto convivientes, en espacios al aire libre y terrazas.

En el interior del local, la ocupación de mesas será de un máximo de 8 personas por mesa o agrupaciones de mesas, excepto convivientes.La distancia entre mesas será de 2 metros en el interior y 1,5 metros en terrazas exteriores.

El consumo será siempre sentado en mesa.

El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

Están permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jokey, asegurando ventilación suficiente y una distancia de seguridad de, al menos, 2 metros entre músicos y público, en el caso de cantantes e instrumentos de viento.

No queda permitido en estos establecimientos, lo siguiente:

- El uso de la barra, excepto para la retirada de las consumiciones.
- Fumar, ni el uso de cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua o asimilados incluidos cigarros electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cerrados.
- El baile, ni en interiores ni en exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateurs de canto.

LOCALES COMERCIALES

Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán limitar al 75% el aforo total.

OCIO Y ENTRETENIMIENTO

Se permite la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante, en los siguientes términos:

- El consumo de bebidas y alimentos, tanto en zonas interiores como exteriores, se hará sentado en mesas, teniendo que asegurarse el mantenimiento de la debida distancia de seguridad de un mínimo de 1,5 metros nos las sillas de diferentes mesas. El uso de mascarilla será necesario cuando no se esté consumiendo.

- Se permite el uso de la barra únicamente para la retirada de las consumiciones, pero no para el consumo.

- No se podrá superar el 50% de aforo máximo en el interior del local. 

- La ocupación de las mesas será de un máximo de 8 personas por mesa en interior y de 10 personas por mesa en exterior.

- El horario de cierre será el que autorizo la licencia de actividad del establecimiento y, en todo caso, tendrán que estar cerrados a las 3.00 horas, sin que puedan aceptar pedidos de consumiciones a partir de las 2.30 horas.

- No se permite el baile ni interiores ni exteriores, ni la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto, estando permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc-jockey, asegurando ventilación suficiente, y una distancia de seguridad de al menos 2 metros entre músicos y público en el caso de cantantes e instrumentos de viento.

- No se permite fumar, ni el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, pipas o asimilados incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo en espacios al aire libre o cercados.

ACONTECIMIENTOS DEPORTIVOS MULTITUDINARIOS EN LA LIGA PROFESIONAL DE FÚTBOL MASCULINA Y FEMENINA, LIGA ACB Y LIGA FEMENINA ENDESA DE BALONCESTO

La celebración de estos acontecimientos podrá desarrollarse con un aforo de público:

- Del 40% en espacios cerrados y siempre con un límite máximo de 4.000 personas.

- Y del 60% en espacios abiertos y siempre con un límite máximo de 20.000 personas.Y siempre, en los dos espacios, se tendrá que mantener un asiento de distancia en la misma fila en caso de asientos fijos, o 1,5 metros de separación si no hay asientos fijos, excepto grupos de convivencia.  

Si no fuera posible mantener un asiento de distancia o 1,5 metros de separación, el aforo tendrá que reducirse hasta garantizar el cumplimiento de la medida.
 

Se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla durante la permanencia en el acontecimiento (incluida el área de lavabos), así como en los momentos de entrada y salida.

Se deberán pre asignar las localidades con anterioridad a la celebración del acontecimiento.

En estos acontecimientos no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas, excepto el consumo de agua.

Durante la duración del acontecimiento y tanto en espacios interiores como abiertos, no se permite el consumo de tabaco y de productos relacionados.

USO DE MASCARILLAS

Con carácter general, se recomienda cuando se esté al aire libre, especialmente en ambientes urbanos, seguir usando la mascarilla, excepto en playas y espacios naturales.

 Fuente: coronavirus.san.gva.es

Esperamos haberte ayudado

 





Consúltanos

GA Togas&Tributos Abogados

 

Asesoría Legal Empresa

 Bufete de Abogados 

Asesoría Tributaria

Comentarios

Entradas populares